Las bebidas espirituosas amplían su autorregulación con normas para ‘influencers’ y las 0,0

El sector de bebidas espirituosas ha modificado su código de autorregulación para regular las comunicaciones realizadas en redes sociales por ‘influencers’, así como la publicidad de las nuevas versiones 0,0 y bajas en alcohol, ha informado este jueves la patronal, Espirituosos de España.

El objetivo de estas modificaciones, según ha señalado, es “adaptarse a los cambios sociales” y garantizar “una publicidad ética, honesta, responsable y veraz de sus productos”, que proteja a “los colectivos más vulnerables” y promueva un consumo responsable.

En virtud de estos cambios, se ha regulado la prescripción de bebidas espirituosas por parte de los ‘influencers’ en las redes sociales “para garantizar la protección a los menores y evitar el consumo abusivo”.

A partir de ahora, los ‘influencers’ deberán de utilizar mecanismos de verificación de la edad en las plataformas digitales para evitar que los menores accedan a estos contenidos, ha detallado la organización.

En las plataformas en las que los mecanismos de verificación de edad no estén disponibles, las empresas de bebidas espirituosas adheridas a la patronal solo podrán colaborar con ‘influencers’ que tengan al menos 25 años y se dirijan principalmente a audiencias en las que al menos el 70 % sea mayor de edad.

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Además, los ‘influencers’ elegidos para promocionar bebidas espirituosas no podrán tener ninguna relación con el consumo abusivo o indebido de bebidas alcohólicas, ni reputación asociada a consumos irresponsables.

Por otra parte, Espirituosos España ha adaptado el articulado de su Código de Autorregulación para que se recoja la publicidad de las versiones 0,0 y bajas en alcohol.

Ahora “no se podrá exhibir publicidad de estos nuevos productos 0,0 y bajos en alcohol en medios, soportes y horarios mayoritariamente dirigidos a menores de edad“, según han indicado las mismas fuentes.

Del mismo modo, en el caso de las bebidas sin graduación alcohólica, se incluirá una mención a que el producto se dirige a mayores de 18 años o el pictograma “+18”, en las publicidades digitales creadas para ser compartidas con otros usuarios, especificando que es contenido dirigido a mayores de edad.

Estas nuevas modificaciones suponen la cuarta revisión que el sector hace del Código de Autorregulación que adoptó en 1999 y que se aplica a las empresas asociadas a Espirituosos España que editen, difundan o emitan publicidad para el territorio español.

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